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PLAN DE COMPENSACIÓN
TG SALUD MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V.
RFC TSM2404181F5
“Tu Guía Hacia la Libertad Financiera”
¿QUÉ ES EL GRUPO TIENS?
Es una empresa multinacional de gran diversificación. La actividad principal de su negocio está comprometida con la industria de alta tecnología química. El Grupo TIENS también está involucrado en los negocios de finanzas, bienes raíces, educación, cultura y logística.
En la actualidad la misión del Grupo TIENS es brindar a los consumidores productos de excelente calidad, oportunidades de educación y negocio, mejorando la calidad de vida y construyendo una sociedad internacional armoniosa.
Por otro lado, el Grupo TIENS viene desarrollando el negocio de venta directa basado en el bienestar, brindando productos de alta calidad. Desde su establecimiento en 1995, el Grupo TIENS ha alcanzado el éxito gracias al desarrollo de más de 1000 productos, utilizando biotecnología avanzada. Para el desarrollo de los productos, se han realizado investigaciones en medicina tradicional China, en la cultura de la salud, así como también en equipos de tecnología avanzada.
TIENS sigue gozando de una gran reputación tanto en el mercado local como internacional debido a la calidad de sus productos, su marca y servicios. El Grupo TIENS ha encontrado su propio camino a la internacionalización.
La visión del Grupo TIENS es estar a la vanguardia de la industria de venta directa a nivel mundial y ello lo está cumpliendo gracias a profesionales altamente calificados, así como a la administración sistemática. Motivados por la ética, grandes logros, las estrategias globales y los excelentes sistemas de administración del Grupo TIENS, muchos profesionales experimentados, capacitados y responsables, con sentido de misión se han unido al Grupo TIENS para desarrollar aún más su talento.
El negocio propone una oportunidad para que las personas mejoren su estilo de vida, gocen de salud, sientan la prosperidad y disfruten de estabilidad económica disponiendo de su propio tiempo.
Su centro de investigación está conformado por científicos nacionales y extranjeros, así como expertos que han alcanzado notables avances en biociencia, medicina occidental, medicina China, nutrición y campos relacionados. Al mismo tiempo, el Grupo TIENS ha trabajado conjuntamente con la Academia de Ciencia China, así como con instituciones de investigación superior para desarrollar nuevos productos y así lograr una mayor cobertura en el mercado internacional.
Por otro lado, el Grupo TIENS cuenta con el respaldo del Parque Industrial Internacional de la Salud, único en su rubro, en el que se encuentran los equipos de producción e investigación y desarrollo más avanzados del mundo, demostrando la fortaleza de la compañía y la connotación de su marca.
En el año 2001 el Grupo TIENS recibió el reconocimiento de Multiárea Therapeutic Healthcare Food Award en la conferencia científica de suplementos nutricionales realizada en Moscú. El Grupo TIENS recibió también el certificado de la Academia Internacional Rusa de Investigación Humana en Aeronáutica y Astronáutica como el Mejor Suplemento Nutricional, y sus productos están avalados por la Food and Drug Administration (FDA) de los Estados Unidos.
El Grupo TIENS también se hizo acreedor a un premio como la Mejor Empresa en Seguridad Ecológica Internacional por parte del Comité de Seguridad Ecológico de la ONU y por el Instituto Internacional de Seguridad Ecológica del Pacífico. La sobresaliente contribución del Grupo TIENS a la inversión de suplementos nutricionales fue elogiada y reconocida en la conferencia empresarial de Asia-América.
Asimismo, el Grupo TIENS fue nombrado uno de los proveedores oficiales de las Naciones Unidas, y está autorizado para brindar suplementos directamente a los refugiados en todo el mundo.
CERTIFICADOS
Certificación de Sistemas de Administración del Medio ambiente (ISO 14001), Certificación de Salud Ocupacional y Sistema de Administración de Seguridad (OHSAS 18001), Sistema de Administración de Calidad (ISO 9001:2000), Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (GMP), Certificación de Análisis de Riesgo y Punto de Control Crítico (HACCP), “Certificación Kosher” (KSA), “Certificación HALAL” de la Asociación Islámica, Certificación de Sistema de Administración de Mediciones (CMS) y asimismo algunos productos han aprobado la Certificación de la FDA (Administración de Alimentos y Medicamentos) y han obtenido permiso en los principales mercados locales de decenas de países en el mundo.
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Prácticas en Manufactura Bioingeniería en Seguridad
Alimentaria - ISO 2200
Certificación del Sistema de Certificación del Sistema del Certificación Sistema Gestión de
Control de Calidad Bioingeniería Desarrollo de Calidad Biológica Seguridad Alimentaria y Desarrollo
- ISO 9001 - ISO 9001 Biológico - ISO 2200
Certificación del Sistema del Desarrollo Certificación del Sistema del Desarrollo de Calidad Biológica - ISO 9001 de Calidad Biológica - ISO 9001
¿QUÉ ES TG SALUD MÉXICO?
Es una empresa multinivel de gran diversificación. La actividad principal de su negocio está relacionada con la industria farmacéutica, especialmente con la medicina tradicional China, y con productos de alta tecnología. En la actualidad la misión de TG SALUD MÉXICO es brindar a los consumidores productos de excelente calidad, oportunidades de educación y negocio, mejorando la calidad de vida y construyendo una sociedad armoniosa.
La visión de TG SALUD MÉXICO es estar a la vanguardia de la industria de venta directa a nivel mundial y ello lo está cumpliendo gracias a profesionales altamente calificados, así como a una excelente gestión administrativa, motivados por la ética, grandes logros y estrategias globales.
El negocio de TG SALUD MÉXICO propone una oportunidad para que las personas mejoren su estilo de vida, gocen de salud, sientan la prosperidad y disfruten de estabilidad económica disponiendo de su propio tiempo.
GLOSARIO
Distribuidor Independiente (DI). Esta denominación a la cual posteriormente nos referiremos como DI, se refiere a cualquier ciudadano mayor de edad, tras la recomendación de un DI, y habiendo adquirido un “Kit de Inicio”, habiendo llenado el “Contrato de Membresía” y el Contrato Multinivel, después de ser evaluado y aprobado por la empresa, podrá ser un DI. Es independiente porque realiza sus actividades de manera libre, debiendo pagar los impuestos de ley de acuerdo con las normas mexicanas.
DI Activo. El DI que realiza la compra personal mensual que corresponda a su Estatus.
Patrocinador. El DI que recomienda y patrocina a otras personas para que forme parte de su red. Es llamado también Línea Ascendente.
Patrocinado Directo. Son todos los DI patrocinados directamente por un DI. Dichos patrocinados se ubican en el primer nivel de sus líneas descendentes.
Patrocinado Indirecto. Son todos los DI que se encuentran en la red, sin contar con él mismo, ni los
Patrocinados Directos.
Red Directa. Se refiere a la red generada a través del patrocinio por cualquiera de sus Patrocinados
Directos (también incluye este Patrocinado Directo).
Punto Valor (PV). Es el valor asignado a cada producto, también es la unidad estándar (sin considerar los impuestos de venta) que se utiliza en el cálculo de la bonificación.
Punto Valor Personal (PVP). Se refiere al PV total generado por un DI en un periodo determinado, bajo su propio código TIENS.
Punto Valor Personal Acumulado (PVPA). Se refiere al PV total generado por un DI bajo su propio código TIENS desde la fecha de su afiliación.
Punto Valor Total de la Red (PVTR). Se refiere al PV total generado por un DI y los patrocinados de sus líneas descendentes en un periodo determinado.
Punto Valor Total de la Red Acumulado (PVTRA). Se refiere al PVTR generado por un DI desde la fecha de su afiliación.
Punto Valor Grupal (PVG). El PVG se obtiene de la siguiente manera: el PVTR generado durante un mes determinado le resta el PVTR generado por los Distribuidores (del mismo estatus o superior que usted) de su Línea Descendente durante el mismo mes.
PV Directo. Se refiere a la suma de PV obtenido por: (1) la parte del PVP acumulado del DI que exceda los 200PV, y (2) la parte del PVP acumulado que NO supere los 200PV de todos los Patrocinados Directos del DI.
PV Indirecto. Se refiere a la suma de PV obtenido por: (1) la parte del PVP acumulado que exceda los 200PV de todos los Patrocinados Directos del DI, y (2) la parte del PVP acumulado de todos los Patrocinados Indirectos.
Mes de Cálculo. Se refiere a un periodo determinado desde el día 29 de cada mes hasta el día 28 del mes siguiente, durante el cual los DI podrán realizar sus compras para la calificación y bonos correspondientes. Todos los bonos generados por las Compras Personales se calculan al final del Mes de Cálculo. (Fecha sujeta a cambios por eventos especiales).
Estatus DI. Cualquier DI que ha acumulado una cantidad determinada de PVTR en Compra Personal se podrá calificar como DI con Estatus Socio, VIP, León Celestial, León Celestial 1 Estrella, León Celestial 2 Estrellas, León Celestial 4 Estrellas, Director 5 Estrellas ó Director de Honor.
Bono de Ventas. DBs podrán ganar el bono por ventas correspondiente según su estatus, y los DBs con estatus superior podrán ganar los diferenciales de los líneas descendientes.
Bono por Gestión. Basado en el “Bono de Ventas”, los VIP´s y superiores pueden disfrutar de ingresos de los Distribuidores descendientes del mismo estatus hasta la 4ta generación (con compresión dinámica).
Bono por Mérito. DBs con estatus de “ León Celestial 3 Estrellas y superior podrán ganar un máximo hasta 10% de “Bono de Merito” , basado en el desempeño mensual de ventas.
Recompensa Compartida. DB´s con estatus de “Director de Honor” podrán compartir el 1% de la venta global basado en los puntajes acumulados.
Premios de Honor. “DBs con estatus de “ León Celestial 4 Estrellas y superior calificarán para participar en el premio de “Viaje Internacional” y un Director de 5 Estrellas calificarán para participar en el premio de "Auto de Lujo Héroe”
TG SALUD MÉXICO te ofrece diferentes formas de desarrollo para cada persona que desee tener éxito. En cada etapa se recompensa su esfuerzo y contribución. Usted puede seguir este camino para lograr la verdadera libertad financiera.
CONDICIONES GENERALES
Todos los nuevos Distribuidores Independientes deben adquirir un Kit de Inicio que contenga diferentes materiales que les permitan conocer la empresa, los productos, el Plan de Compensación, las Políticas de Comercialización y demás documentos necesarios para el desarrollo del negocio. Este Kit de Inicio es puntuable, más no bonificable.
Tus PV’s comienzan a ser acumulados a partir de tu primera compra con tu propio código. Las compras logradas después de la fecha de cierre de la Semana de Cálculo ó del Mes de Cálculo se tomarán para calcular los bonos de la siguiente semana ó del siguiente mes.
ETAPA DE DESARROLLO SÓLIDO
Ahora que has construido una red gigante de consumo y de negocio estable, TG SALUD MÉXICO te brinda las herramientas que necesitas para continuar con tu desarrollo y alcanzar la libertad financiera. Una de las mejores formas de crecer en el negocio es a través de sus productos de alta calidad. Conociéndolos, consumiéndolos y compartiéndolos.
La Etapa de Desarrollo Sólido te permite conocer con mayor profundidad todas nuestras líneas de productos, su calidad y todos los beneficios que traen para la salud de toda la familia. Ahora por tu consumo y el de tus distribuidores podrás gozar de los bonos y premios especiales que TG SALUD MÉXICO tiene para ti. La libertad financiera está muy cerca, solo debes decidirte para que puedas vivir del éxito.
Condiciones de Consumo Personal
Socio: DB con UNA SOLA COMPRA de 100PV
VIP: DB con UNA SOLA COMPRA de 400PV
León Celestial: Distribuidor con VIP con 5,000 PV Total de la Red ó Distribuidor con UNA SOLA COMPRA de1,200PV
León Celestial 1 Estrella: Distribuidor con 15,000 PV total de la Red acumulada y la suma total de 3,000 PVG.
León Celestial 2 Estrellas: Distribuidor con 45,000 PV total de la Red acumulada y la suma total de 9,000 PVG.
León Celestial 3 Estrellas: Distribuidor con 150,000 PV total de la Red acumulada y la suma total de 30,000 PVG.
León Celestial 4 Estrellas: Distribuidor con 450,000 PV total de la Red acumulada y la suma total de 90,000 PVG.
Director 5 Estrellas: 3 x León Celestial 4★
Director de Honor: 3 x Director 5★
CINCO FORMAS DE GANANCIA
1) Bono de Ventas. DBs podrán ganar el bono por ventas correspondiente según su estatus, y los DBs con estatus superior podrán ganar los diferenciales de los líneas descendientes.
2) Bono por Gestión. Basado en el “Bono de Ventas”, los VIP´s y superiores pueden disfrutar de ingresos de los Distribuidores descendientes del mismo estatus hasta la 4ta generación (con compresión dinámica).
“Recuerda que el desarrollo de tu organización depende de tus estrategias a nivel individual”
“El objetivo de un líder es guiar y crecer en equipo”
¡Que tu estatus no te detenga, asciende con tu red y gana más!
3) Bono por Mérito. DBs con estatus de “ León Celestial 3 Estrellas y superior podrán ganar un máximo hasta 10% de “Bono de Mérito” , basado en el desempeño mensual de ventas.
¿Qué tan alto quieres volar?
Con el Plan de Compensación, los límites los pones tú
4) Recompensa Compartida. DB´s con estatus de “Director de Honor” podrán compartir el 1% de la venta global basado en los puntajes acumulados.
Condiciones de la “Recompensa Compartida” para Director de Honor:
• Ser DIRECTOR DE HONOR.
• El Bono por Mérito del mes supera al US$200.
• Participará en la distribución del 1% de la venta global de la empresa.
Puntos para “Recompensa Compartida”:
• Director de Honor que cumpla con las condiciones establecidas cada mes pueden obtener 01 punto.
• Los Directores de Honor que cumplan con las condiciones contribuyen adicionalmente con 01 punto a los Directores de Honor en su línea ascendiente directa inmediata que también cumplan con las condiciones
establecidas.
• Los Directores de Honor que cumplan con las condiciones contribuyen con 0.5 puntos a los Directores de
Honor en su línea ascendiente indirecta (dos niveles arriba).
• Reglas del Cálculo: Recompensa Compartida = (puntos propios / suma total de puntos de todos los Director de Honor)x 1% de la Venta total del mes
5) Premios de Honor. “DBs con estatus de “ León Celestial 4 Estrellas y superior calificarán para participar en el premio de “Viaje Internacional” y un Director de 5 Estrellas calificarán para participar en el premio de "Auto de Lujo Héroe”
★ Viaje Internacional de Lujo
Alcanzar al estatus de León Celestial 4★ y superior
Dentro de un año fiscal haber recibido el Bono por Merito mensual de US$200 o mas durante 6 meses, de lo cuales 3 meses consecutivos.
★ Premio de Auto
1. Alcanzar al estatus del Director 5★ y superior
2. Dentro de un año fiscal haber recibido el Bono por Merito mensual de US$200 o mas durante 6 meses, de lo cuales 3 meses consecutivos.
3. Un premio UNICO de US$35,000 en Auto de Lujo
TODO DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE DEBE TENER EN CUENTA Y ACEPTAR EL SIGUIENTE REGLAMENTO DEL PLAN DE COMPENSACIÓN
PREFACIO
1. El presente documento reemplaza la versión anterior.
2. El presente documento cumple con el objetivo de mantener un buen orden del mercado multinivel y salvaguardar los intereses de los DI. Por tal motivo, todos los DI deberán leerlo y asegurarse de su conocimiento completo y claro de sus obligaciones y derechos. La violación de los reglamentos mencionados en este documento, podrá causar la terminación de su código como DI o la posibilidad de no cobrar la retribución u otros beneficios.
3. Las normas establecidas en el presente instrumento guardarán plena concordancia con la legislación mexicana.
4. TG SALUD MÉXICO conservará el derecho de modificar o interpretar el presente documento, pero siempre socializando de manera previa y con suficiente antelación, cualquier modificación o interpretación que se realice.
CAPÍTULO UNO Definición de los términos
Todos los acuerdos entre usted y TG SALUD MÉXICO en cuanto a materiales impresos, preparados y publicados por TG SALUD MÉXICO, deben entenderse de la siguiente manera:
Código de Ética: Son las reglas de conducta que debe observar todo DI para el desarrollo del negocio.
Corporación TIENS: Equivale a Tianshi Group Co Ldt con domicilio en Calle Xin Yuan Nº 18, Parque
Industrial de Nuevas Tecnologías Wuqing Tiansjin China.
DI: Distribuidor Independiente, persona que está autorizada por TG SALUD MÉXICO para vender los productos TIENS y que pueda patrocinar a otras personas que soliciten su incorporación a TG SALUD MÉXICO.
PCT: Plan de Compensación TIENS, comprende todo el programa de bonos y recompensas otorgados por TG SALUD MÉXICO, así como los métodos, reglas, sistemas y medidas para los DI. TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de modificar el PCT de acuerdo con las necesidades del mercado, pero siempre informando de manera previa cualquier modificación a todos los DI.
Patrocinador: Es un DI que recomienda a un nuevo prospecto, el cual presenta un contrato de afiliación de distribuidor independiente y es admitido también como DI. El patrocinador tiene la responsabilidad de entrenar y asistir a su patrocinado.
Política de Comercialización: Son las reglas comerciales que debe observar el DI para desarrollar el negocio.
Productos TIENS: Son los productos manufacturados por la Corporación TIENS.
TG SALUD MÉXICO: Corresponde a la empresa multinivel legalmente constituida en México.
Negocio Un Cuerpo y Múltiples Alas TIENS: La nueva estrategia de Un Cuerpo y Múltiples Alas TIENS hace referencia al desarrollo de un nuevo turismo, una nueva educación, nuevos medios de comunicación, nuevos negocios hoteleros basados en el nuevo modelo internacional, con nuevos negocios globales de ventas directas y nuevos negocios de comercio electrónico como los segmentos de negocio de doble núcleo.
El nuevo modelo de negocio de venta directa pertenece a TG SALUD MÉXICO y permite disfrutar de los beneficios a través del modelo de mecanismo innovador y la realización de una red de ingresos para lograr beneficios de incentivos innovadores.
Asimismo, el nuevo modelo de negocio de comercio electrónico promueve la socialización del comercio electrónico y se centra en la compra de productos con bastante demanda. Además, construye un nuevo modelo de comercio electrónico de membresía que se basa en un nuevo sistema y modelo de negocios.
CAPÍTULO DOS Autorización para ser DI
I. Requisitos para solicitar ser DI
1. De acuerdo con las leyes y normas mexicanas, toda persona mayor de edad con capacidad legal, independientemente de su sexo, raza o credo puede solicitar ser DI y gozar de los privilegios de ser un Distribuidor Independiente de TG SALUD MÉXICO.
2. Si de acuerdo con las leyes y normas mexicanas, un ciudadano no está capacitado para operar negocios de venta directa; entonces este ciudadano no puede ser un DI.
3. Los empleados de TG SALUD MÉXICO y sus familiares directos (esposo(a), hijos, padres y hermanos) no podrán ser DI.
4. De acuerdo con las leyes y normas mexicanas, teniendo en cuenta los reglamentos de TG SALUD MÉXICO, todo DI que no califique con los requisitos, terminará automáticamente su afiliación.
5. La calificación de un DI se refiere a su afiliación, estatus, sus derechos y obligaciones. El código del DI es la única forma de reconocer la calificación de un DI.
6. Un DI podrá tener tres (3) Códigos; con su nombre real y dentro de la misma red; asumiendo todas las responsabilidades legales.
7. El código de un DI no podrá ser transferido o vendido sin la autorización de TG SALUD MÉXICO; si se descubre este hecho sin autorización, TG SALUD MÉXICO tendrá derecho a invalidar dicha transferencia o venta; el DI asumirá todas las consecuencias legales.
8. Se permite a los DI la participación en las actividades de otras compañías de multinivel o de venta directa. TG SALUD MÉXICO reconocerá la calificación del DI que esté involucrado en otro negocio multinivel o de venta directa. TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de reconocer y eliminar un código como DI de ser necesario.
9. TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier solicitud de afiliación de un DI.
10. Validez del código de un DI y reglamentos para su renovación:
10.1 La validez de un código DI se empieza a contar desde el primer día en que el distribuidor obtiene oficialmente su código hasta el último día del doceavo ciclo de venta.
10.2 Antes de que termine la validez del código el DI deberá de completar todos los requerimientos que pida la compañía para su renovación.
10.3 Si el DI no pudo realizar el trámite para la renovación antes de que se complete el tiempo de validez o TG SALUD MÉXICO se niegue a aceptar su solicitud de renovación o el DI aplique su renovación después de tiempo, el código se perderá automáticamente.
10.4 Si el DI ha violado alguna de las disposiciones de las Políticas de Comercialización, o cualquier reglamento del sistema multinivel, TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de rechazar su solicitud de renovación.
10.5 Los DI que no han renovado su código podrán afiliarse nuevamente a TG SALUD MÉXICO
al mes siguiente de perdido su código.
II. Procedimientos para solicitar ser DI
1. Los que soliciten ser DI deberán ser representados por un DI calificado.
2. El solicitante debe confirmar que ha leído y comprendido la Política de Comercialización, el Plan de Compensación, y el Código de Ética, antes de diligenciar el Contrato de Membresía y el Contrato Multinivel, asimismo debe comprometerse a respetar todas las reglas de TG SALUD MÉXICO.
3. El solicitante después de diligenciar [1] el Contrato de Membresía y el Contrato Multinivel, deberá enviarlo a TG SALUD MÉXICO para su aprobación y generación de código.
4. Luego de obtener el primer código, el DI podrá solicitar el segundo y tercer código (calificación Distribuidor). Al momento del ingreso el DI deberá proporcionar el primer código, a fin de relacionar las redes. Si el DI oculta el primer código, creando varios códigos en diferentes redes, TG SALUD MÉXICO tendrá derecho a cancelar y eliminar los códigos que ingresaron violando las reglas.
5. La información presentada por el solicitante deberá ser verídica y efectiva, no podrá prestar, suplantar el nombre de otra persona o utilizar medios indebidos para convertirse en un DI; si eso sucediera TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de anular dicha afiliación.
III. Reglamentos para las parejas que tengan códigos de DI
1. Si al momento de afiliarse, la pareja está casada o en unión libre:
1.1. La pareja que quieran convertirse en DI deberán firmar un mismo Contrato de Membresía y Contrato Multinivel, gozando de los privilegios y compartiendo las obligaciones, asimismo deberán respetar el Plan de Compensación, la Política de Comercialización, y demás documentos de TG SALUD MÉXICO, y acordar que en caso de fallecimiento de uno de ellos, la parte sobreviviente será considerado como DI y heredará los derechos y obligaciones del código de su cónyuge; si uno de los miembros de la pareja violara las reglas, de la misma forma el cónyuge asumirá igual responsabilidad.
1.2. Si uno de los miembros de la pareja no deseara convertirse en DI no deberá firmar el contrato de afiliación, asimismo no tendrá derecho de tomar ninguna decisión sobre el código del cónyuge; si posteriormente quisiera participar del negocio de TG SALUD MÉXICO, deberá obtener aceptación oficial por escrito de parte de su cónyuge y después solicitar a TG SALUD MÉXICO convertirse en DI.
1.3. La pareja puede pertenecer a una misma red teniendo códigos independientes, lo cual debe ser comunicado a TG SALUD MÉXICO; cuando ambos deseen compartir un solo código se necesitará que uno de ellos renuncie a su código actual antes de compartir una misma calificación.
2. Cuando dos DI contraen matrimonio o forman una unión marital de hecho, y ambos poseen sus propios códigos, podrán mantener dichos códigos, o uno de ellos puede decidir abandonar su condición original de distribuidor y luego reunirse como línea descendente directa de su pareja.
3. La pareja sin código como DI no podrá participar en actividades violando las normas y regulaciones, de ser así, y una vez verificado respetando el debido proceso, TG SALUD MÉXICO investigará y determinará las responsabilidades por violación de reglas al titular del código.
4. Cuando se produzca la separación de la pareja que tenga un mismo código, se deberán cumplir las siguientes reglas:
4.1. Si un miembro de la pareja logra alcanzar un acuerdo referente a la propiedad del código, entonces la parte elegida mantendrá dicha propiedad, y la otra podrá solicitar un nuevo código.
4.2. Si la pareja no logra llegar a un acuerdo respecto a quien recibirá los beneficios del código, TG SALUD MÉXICO congelará temporalmente los bonos generados por dicho código hasta que la pareja llegue a un acuerdo.
IV. La sucesión y el legado de la calificación TG SALUD MÉXICO
1. Cuando el código pertenezca a la pareja, y en la eventualidad que uno de ellos falleciera, se considerará al cónyuge sobreviviente como posesor del código, mismo que heredará todos los derechos y obligaciones del cónyuge fallecido.
2. Cuando el código pertenezca a una persona, y esta fallezca, y existiendo legítimo heredero o beneficiario y este cumpla con todos los requisitos, TG SALUD MÉXICO facilitará la solicitud de transferencia de código a favor de dicho heredero o beneficiario, adquiriendo este todos los beneficios y responsabilidades de un DI.
3. Cuando el código pertenezca a una persona y esta fallezca y su legítimo heredero o beneficiario ya cuente con un Código propio, esta persona primero deberá renunciar a su código antes de heredar el código del fallecido.
4. Si desde el momento del fallecimiento del DI hasta 12 meses después no se ha señalado un legítimo heredero o beneficiario; TG SALUD MÉXICO tendrá todo el derecho sobre el código del fallecido, así como todos sus bonos y/o ganancias generadas con dicho código.
5. Si el DI se encontrara incapacitado, y a fin de garantizar el desarrollo de las redes de mercadeo, TG SALUD MÉXICO aprobará la transferencia de código de acuerdo al deseo del distribuidor mismo, este deberá señalar un familiar directo (hijos, esposo (a), padres o hermanos) los mismos que deberán cumplir los requisitos para su incorporación a TG SALUD MÉXICO.
El DI original perderá su calificación desde que la solicitud quede aprobada, si el familiar heredero contara con un código propio, este deberá renunciar antes a dicho código para después heredar el código del DI original.
V. Terminación de la calificación y su reincorporación
1. La terminación del código significa que TG SALUD MÉXICO termina todos los contratos del DI con TG SALUD MÉXICO. Después de la fecha de emisión de aviso de terminación, el DI que ha sido sujeto de dicha medida perderá inmediatamente su código, sus derechos e intereses incluso los bonos o incentivos generados del mencionado código.
2. El DI (o incluso uno de los miembros de la pareja) si estuviera envuelto en alguno de los siguientes incidentes será notificado con carta de TG SALUD MÉXICO para que haga las correcciones necesarias, y se someterá a medidas de monitoreo, disciplina y terminación del código:
2.1. Proporcionar información falsa en su Contrato de Afiliación.
2.2. Por violación de las Políticas de Comercialización y demás reglamentos del sistema multinivel de TG SALUD MÉXICO.
2.3. Por violación del Plan de Compensación, aunque no sean graves.
2.4. Cuando se violen las leyes mexicanas.
3. Cuando se ha terminado la calificación de un DI, este perderá su red de negocios, sus bonos y retribuciones, sus honores y estatus y todo beneficio de DI.
4. Si el distribuidor renuncia por voluntad propia y pierde el código, este deberá esperar un lapso de 6 meses fuera del negocio para poder solicitar su reincorporación como DI.
5. El DI que haya sido expulsado por TG SALUD MÉXICO deberá esperar un lapso de 12 meses fuera del negocio para volver a presentar su solicitud de reincorporación. De ser autorizada su reincorporación el DI iniciará con nuevo código, desde el inicio.
CAPÍTULO TRES
Derechos, intereses y responsabilidades del DI I. Derechos e intereses del DI
Al convertirse en un DI, este podrá gozar de los siguientes derechos e intereses:
1. Comprar, utilizar y promocionar productos de TG SALUD MÉXICO.
2. Participar del Plan de Compensación, y otros planes promocionales para obtener premios.
3. Patrocinar a otras personas que cumplan los requisitos y desarrollar el negocio multinivel.
4. Participar en los eventos, capacitaciones y reuniones que TG SALUD MÉXICO organice.
II. Cumplir con las leyes y reglamentos de México
El DI deberá cumplir con todas y cada una de las leyes y normas de México, en especial aquellas leyes, normas o regulaciones comerciales que tengan conexión con el negocio de venta directa y multinivel. El distribuidor no podrá hacer ningún acto que el gobierno establezca como engaño o transacciones ilegales, así como participar en eventos o actividades que dañen la imagen y reputación de TG SALUD MÉXICO.
III. Cumplir con las normas y reglamentos de TG SALUD MÉXICO
Cuando los distribuidores están participando en actividades o eventos que tengan relación con TG SALUD MÉXICO (incluyendo venta, patrocinio, eventos entre otros), deberá claramente identificarse como DI y cumplir con todas las normas, reglas, procedimientos, políticas y medidas especificadas en el Código de Ética, el Plan de Compensación, y la Política de Comercialización, entre otros reglamentos.
IV. Cumplir con las regulaciones de TG SALUD MÉXICO al comprar y vender productos, y además garantizar la calidad del servicio.
1. Los DI deberán comprar los productos en los sitios autorizados de TG SALUD MÉXICO.
2. Los DI deberán de vender los productos a los consumidores de acuerdo con la lista de precios oficial de TG SALUD MÉXICO.
3. Los DI deberán realizar demostración y capacitación de productos explicando las precauciones de las etiquetas.
V. Cumplir con las restricciones sobre los materiales
1. Todos los materiales escritos y audiovisuales publicados y elaborados por TG SALUD MÉXICO están protegidos por derechos de autor según las leyes y normas de México. El DI u otra persona no puede bajo ninguna circunstancia copiar, imprimir, elaborar, reproducir de forma total o parcial las publicaciones sin previa autorización de TG SALUD MÉXICO. De lo contrario, las responsabilidades legales que se puede ocasionar, no está relacionado de ninguna forma con TG SALUD MÉXICO, y será bajo responsabilidad de la misma persona. Si por el hecho TG SALUD MÉXICO tuviera perdidas, se tomarán las acciones legales para solicitar una indemnización.
2. El DI puede utilizar las publicaciones escritas, grabaciones, materiales audiovisuales como un método de ayuda exclusivamente para desarrollar el negocio de TG SALUD MÉXICO.
3. Sin la previa autorización de TG SALUD MÉXICO, el distribuidor no puede bajo ninguna circunstancia elaborar, publicar y/o vender materiales de apoyo relacionados con el negocio multinivel de TG SALUD MÉXICO.
4. Al DI no se le permite grabar el sonido o las vistas de las reuniones y seminarios organizados por TG SALUD MÉXICO; de autorizarse dichas grabaciones el DI debe asegurarse que no afectará la calidad de las reuniones o seminarios y que no perturbará a los participantes. Los audiovisuales grabados serán para uso personal, no podrá reproducirlos ni venderlos.
VI. Cumplir con el sistema de administración de eventos
1. El DI al realizar o participar en reuniones, seminarios y/o actividades deberán de cumplir y ejecutar las normas y reglamentos relacionados con TG SALUD MÉXICO.
Las reuniones, seminarios y/o actividades deberán tener el objetivo de entrenar y capacitar a los distribuidores y se usarán para promover el negocio o los productos de TG SALUD MÉXICO; los organizadores no tienen permitido difundir ningún tema personal o ajeno al Plan de Compensación o buscar otros objetivos.
2. El DI que posea un sistema o marca de negocios deberá informar al departamento Comercial de TG SALUD MÉXICO y registrar tales marcas o nombres; las marcas se pueden usar después de haber sido aprobadas por TG SALUD MÉXICO. Sin dicha autorización no se permitirá ninguna actividad del negocio de TG SALUD MÉXICO.
3. Una red de distribución requiere diferenciarse de otras redes al momento de realizar cualquier actividad; llevando el nombre del DI líder como tema principal y el nombre de su red como tema secundario.
Ejemplo: Seminario de Entrenamiento de “JUAN PEREZ” de la Red “LEONES EXITOSOS”.
4. Cuando se dedique a actividades que necesiten nombre/marca para autoidentificarse en una red de Distribuidores, entonces deberá llevar el nombre de “Distribuidor TG SALUD MÉXICO” como identificación principal y el nombre de la red como identificación secundaria.
VII. El uso de la marca y logo de TIENS
1. El DI debe saber que los logos, medallas, insignias simbólicas, diseños, diagramaciones de libros, materiales de audio y audiovisuales, así como las habilidades tecnológicas y conocimientos relacionados con el PCT son propiedad de la Corporación TIENS y autorizados para el uso exclusivo de TG SALUD MÉXICO en México.
2. No se permite al DI hacer mal uso de la marca y logos de la Corporación TIENS en las siguientes situaciones:
2.1. Producir, adquirir y vender a través de fuentes ajenas a TG SALUD MÉXICO productos impresos con los caracteres chinos, TIENS, TIANSHI o los nombres y símbolos de los productos.
2.2. Colocar en sus carros la marca o logos TIENS, con excepción de los autorizados.
2.3. Anunciar o radiodifundir las actividades del negocio o los productos por ningún medio de difusión.
2.4. Utilizar los caracteres chinos, TIENS o TIANSHI como nombre de organizaciones o negocios o autorizar a otros a que los usen.
2.5. Utilizar la marca o los logos TIENS sin autorización de la Corporación TIENS.
2.6. Registrar la marca o logos TIENS en entidades oficiales, plantear objeciones en cualquier forma o reclamar derecho sobre la marca o logo TIENS; si ya se hubiera dado la reclamación el DI deberá seguir las indicaciones de TG SALUD MÉXICO.
VIII. Responsabilidades y obligaciones del DI al momento de ingresar a TG SALUD MÉXICO
1. Cumplir con las leyes, normas y regulaciones de México.
2. Seguir los principios de voluntariedad, equidad, honestidad y la honradez, para desarrollar las actividades del negocio. Respetar la ética y mantener una buena imagen de la Corporación TIENS y de TG SALUD MÉXICO.
3. Al momento de dedicarse a cualquier actividad perteneciente a TG SALUD MÉXICO deberán de cumplir todas las normas y regulaciones de dichas empresas.
4. Las informaciones proporcionadas por el solicitante al momento de convertirse en un miembro de TG SALUD MÉXICO deben de ser reales, no podrá prestar o usurpar el nombre de otra persona ni utilizar métodos no legales; si esto sucediera TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de tomar acciones legales y revocar todo beneficio.
5. Responsabilidades de los DI al promocionar productos de TG SALUD MÉXICO.
5.1. El distribuidor debe vender los productos al consumidor según el precio indicado por TG SALUD MÉXICO, sin agregar ningún costo adicional ni hacer descuentos indebidos.
5.2. Cuando el distribuidor compra los productos debe hacer demostración de los mismos, indicar uso y precauciones indicadas en las etiquetas, el DI no puede exagerar o promover sin respaldo de evidencias o utilizando métodos engañosos para explicar los productos.
5.3. Tener una actitud sincera al momento de hacer frente a los reclamos de los consumidores y hacer cambios de productos o devoluciones según el procedimiento estipulado en la Política de Comercialización de TG SALUD MÉXICO.
5.4. El DI no puede utilizar el canal de TG SALUD MÉXICO para vender productos que no pertenecen a TG SALUD MÉXICO.
6. Responsabilidades de los DI al promocionar el negocio de TG SALUD MÉXICO.
6.1. El DI no debe explicar que los negocios son un plan para enriquecimiento rápido ni dar a entender que se requiere solamente poco tiempo o de ningún esfuerzo para tener éxito en el negocio multinivel de TG SALUD MÉXICO.
6.2. Aprender con seriedad la Política de Comercialización de TG SALUD MÉXICO. El DI no podrá exagerar sobre las fortalezas reales de la empresa o del negocio.
6.3. El DI no puede publicar ni difundir informaciones acerca del negocio ni planes promocionales o de marketing sin la previa autorización de TG SALUD MÉXICO. Así como tampoco pueden difundir informaciones inconsistentes con los hechos reales que TG SALUD MÉXICO anuncie.
IX. Responsabilidades del DI en las ventas y mercadotecnia de los productos
1. El DI debe de notificar de inmediato las quejas importantes o apelaciones de los distribuidores de su red conjuntamente con los materiales escritos relacionados, así como las conversaciones, a fin de mejorar el nivel de servicio de TG SALUD MÉXICO.
2. Los DI pueden exhibir y vender los productos en las tiendas autorizadas por TG SALUD MÉXICO, pero no están autorizados ni tampoco a delegar a otros para que realicen ventas o exhibiciones en áreas públicas que no estén debidamente autorizadas.
3. El DI no está autorizado para vender productos o para reclutar a otros mediante el método “puerta a puerta”, asimismo no pueden vender o explicar el PCT en áreas públicas que no estén debidamente autorizadas.
4. El DI tampoco puede utilizar el método del telemarketing, ni volantes, afiches, correos masivos, radio, TV o métodos indebidos para promover las ventas; salvo que TG SALUD MÉXICO lo autorice previamente.
5. El DI no puede producir, hacer publicidad, anunciar, promover los productos o el reclutamiento sin previa autorización de TG SALUD MÉXICO.
6. El DI no puede utilizar los nombres, profesiones, corporaciones u otras entidades con la finalidad de vender productos o patrocinar a otros en el negocio de TG SALUD MÉXICO por medio de la fuerza o métodos contrarios a la ética.
7. El DI no puede exagerar o promover sin respaldo de evidencias, o utilizar métodos engañosos para explicar los productos que son vendidos.
8. El DI no puede utilizar ningún medio con la finalidad de distorsionar o tergiversar los productos de TG SALUD MÉXICO, respecto al precio, especificaciones, calidad, característica, grado, ingredientes, tipo, origen del producto o condición de suministro del producto u otras situaciones similares.
9. El DI no puede promover los productos con patrocinios y con ventajas que en realidad no existan.
10. Al DI solo se le permite vender los productos a los precios especificados por TG SALUD MÉXICO.
11. Al DI no le está permitido importar o vender productos que no sean de la Corporación TIENS o de TG SALUD MÉXICO, asimismo el DI no puede exportar o importar estos productos.
12. El DI no puede falsificar o promover la falsificación de productos.
13. Los DI no podrán utilizar sus redes para vender productos o servicios que no sean de la Corporación TIENS o de TG SALUD MÉXICO, como seguros, impuestos, bienes raíces, inversiones, etc.
14. Los DI no pueden registrar y crear de forma privada páginas Web relacionadas con TG SALUD MÉXICO ni utilizarlos para publicar informaciones o noticias, descripción de productos o promocionar negocios relacionados sin la autorización previa de TG SALUD MÉXICO.
15. Al momento de operar el negocio, el DI no puede usar otro método de cobro ni obtener ningún beneficio diferente al estipulado en el Plan de Compensación de TG SALUD MÉXICO.
16. No se puede menospreciar, atacar, ni calumniar a la Corporación TIENS ni a TG SALUD MÉXICO.
17. No se puede falsificar ni tener demasiado stock de productos para tener resultados, ni dañar el orden del mercado.
18. El DI podrá pertenecer a otras empresas de la competencia, pero no puede persuadir o invitar a participar a otros DI en la competencia.
19. El DI debe ser íntegro en sus acciones, las cuales deben coincidir con sus palabras, no puede difundir comentarios que perjudiquen el desarrollo o la imagen de TG SALUD MÉXICO.
20. El DI deberá asegurarse que TG SALUD MÉXICO no sea objeto de acciones legales, reclamos de indemnizaciones, demandas, engaños, malas interpretaciones, imitaciones o conductas de riesgo contra el PCT o los productos por alguna mala acción que este realice. De suceder esto, el DI será responsable y asumirá una compensación para TG SALUD MÉXICO por daños y perjuicios.
21. El DI no debe aceptar entrevistas con medios de comunicación sin autorización de TG SALUD MÉXICO.
22. Ningún DI deberá:
22.1. Utilizar cualquier medio para aparentar que es empleado o socio de TG SALUD MÉXICO.
22.2. Tratar de reflejar que es representante de negocios, agente, representante de ventas, mediador, persona autorizada, o directivo de TG SALUD MÉXICO.
22.3. Usar cualquier medio para calumniar, amenazar o intimidar a los empleados de TG SALUD MÉXICO en lo referido a sus deberes y obligaciones.
22.4 Revelar los secretos de TG SALUD MÉXICO o de cualquier organización relacionada con la empresa, que dañe los intereses de TG SALUD MÉXICO y su imagen de alguna manera. TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de tomar medidas legales, una vez se verifiquen las situaciones expuestas.
23. Los distribuidores deberán cumplir con todas las leyes y reglamentos de México para desarrollar el negocio multinivel de forma legal.
24. Los distribuidores deberán mantenerse al día con las nuevas novedades, probar activamente la promoción en línea y los métodos de promoción mediante redes sociales. Los distribuidores deberán esforzarse por implementar capacitación y educación en línea para su negocio de venta multinivel, así como realizar invitaciones en línea para lograr el crecimiento de su red de negocios.
25. Los distribuidores deberán cumplir con todas las leyes y regulaciones mexicanas, al momento de crear promociones en línea y compartir información en redes sociales. Se prohíbe estrictamente
enviar frases indecentes que violen las leyes nacionales y la moral social, como por ejemplo, la discriminación de género, discriminación racial, discriminación por creencias religiosas, insultos personales, promover la violencia, pornografía, obscenidades, entre otros; asimismo, se prohíbe estrictamente las peleas en el grupo. El contenido del chat no deberá contener ningún lenguaje abusivo ni obsceno y no se podrá realizar ataques personales malintencionados a otras personas. Además, se prohíbe promover la discusión de temas políticos, hacer comentarios susceptibles, enviar spam, enviar publicidad, enviar spam de manera masiva, enviar imágenes de gran tamaño o texto e imágenes indecentes.
X. Responsabilidades del patrocinador
1. Antes de patrocinar a otros para que sean distribuidores, un DI debe explicar veraz y sinceramente el PCT y las Políticas de Comercialización. Después de esta explicación, el DI puede invitar al distribuidor potencial a firmar el Contrato de Membresía y el Contrato Multinivel; sin hacer uso de ningún engaño, encubrimiento o confusión, poniendo énfasis en:
- La calificación del DI.
- El Plan de Compensación.
- La importancia de asistir a las distintas reuniones organizada por TG SALUD MÉXICO.
- La Políticas de Comercialización.
- El Código de Ética.
- Las obligaciones y responsabilidades del DI.
- El sistema de premios y recompensas.
- Los tipos, precios, funciones, calidad y usos de los productos.
- Los procedimientos para la renuncia a la calidad de DI.
2. Debe consultar si el prospecto fue DI con anterioridad. De ser así debe haber transcurrido un periodo mínimo de 6 meses de inactividad para afiliarse; y si hubiera incumplido el Código de Ética causando conflictos y/o sanciones para el patrocinador y las líneas ascendentes; ambas partes serán las responsables de resolver la situación particular que se haya presentado.
3. El DI tiene el derecho de patrocinar a otros que sean distribuidores cumpliendo las siguientes reglas:
3.1. El patrocinador deberá regularmente organizar capacitaciones, dar orientaciones y motivar a sus líneas descendentes, manteniendo contacto constante con todos los distribuidores de su red y además estar siempre dispuesto a ayudarlos a resolver cualquier problema.
3.2. El patrocinador debe organizar una capacitación especial para asegurar y garantizar que todos aquellos distribuidores dentro de la red se estén desarrollando de acuerdo con el Plan de Compensación.
3.3. Si existiera algún conflicto entre distribuidores de líneas descendentes, el patrocinador deberá buscar la manera de resolver el problema rápida y amablemente.
3.4. El patrocinador deberá de supervisar el comportamiento de los distribuidores de la línea descendente, asegurando y garantizando que ellos puedan tener una actitud profesional y operar bajo la ética y moral del negocio, promoviendo correctamente el negocio y dando un servicio de calidad.
4. El DI bajo ninguna circunstancia podrá (directa o indirectamente) ayudar, persuadir o interferir sobre otro DI para que abandone su organización o se traslade a otro grupo.
5. TG SALUD MÉXICO hará los mayores esfuerzos para preservar la integridad de la red del distribuidor y no estimulará ningún cambio. TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud para cambio de patrocinio.
XI. Responsabilidades del Distribuidor de Honor TIENS (DHT)
1. El DHT no sólo debe cumplir con sus obligaciones como patrocinador y DI, sino que también debe cumplir obligaciones como:
1.1. Asegurar que la línea descendente de su organización proporcione servicios a los consumidores de acuerdo con el PCT.
1.2. El DHT deberá de asegurarse de dar un buen ejemplo a los demás distribuidores, cumplir estrictamente el Código de Ética y todas las modificaciones hechas por TG SALUD MÉXICO. Asimismo, deberá capacitar a todos los distribuidores de su organización sobre el PCT, las Políticas de Comercialización, y el Código de Ética.
1.3. Si un DHT está asignado a distintas locaciones, este deberá brindar el necesario adiestramiento a todos los distribuidores de la zona.
1.4. En caso de que los distribuidores de su red estén ubicados en diferentes regiones, el DHT deberá proporcionar capacitaciones en línea o presencial para los distribuidores en varias localidades o ayudarlos a participar en la conferencia que impulsa su negocio multinivel.
1.5. El DHT deberá organizar y participar activamente en actividades sistemáticas de educación en línea y cooperar con las promociones. Asimismo, deberá compartir y promover activamente el contenido con plataformas sociales, ampliar su visibilidad, la influencia de la marca y el negocio para potenciar el producto y su contenido.
2. Un DHT deberá operar activamente dentro de su organización para formar, guiar y orientar a su equipo a desarrollarse de forma positiva. Si un DHT no cumple con ejercer el liderazgo de su equipo, TG SALUD MÉXICO podrá congelar sus bonos, honores, viajes, seminarios, etc.
2.1. Si el DHT descubre que los distribuidores de su línea descendente están difundiendo informaciones desfavorables y negativas para el desarrollo del negocio, perjudicando la reputación de la empresa; este deberá hablar con él y reportarlo a TG SALUD MÉXICO.
2.2. Un DHT deberá visitar el mercado por lo menos una vez cada dos meses, realizar actividades de capacitación y proporcionar servicios de asesoramiento para las redes. Todos los gastos serán por cuenta propia del distribuidor.
2.3. Los DHT que operan mercados internacionales deberán de visitar el mercado dos veces al año como mínimo, brindando actividades de capacitación y asesoría para el desarrollo de sus redes. Todos los gastos serán por cuenta propia del distribuidor.
2.4. Los DHT deberán de participar activamente de todas las capacitaciones de los sistemas y ayudar a la promoción de los mismos.
2.5. Implementar activamente las estrategias de TG SALUD MÉXICO, ejecutar el plan promocional, esforzarse para abrir y desarrollar nuevos mercados, siendo modelos a seguir al momento de promover el mercado.
3. Para que un distribuidor ascienda a Distribuidor de Honor TIENS, además de cumplir con la meta de venta especificada en el Plan de Compensación, deberá también de cumplir con las regulaciones pertinentes mexicanas sobre personas que ejercen actividades industriales y/o comerciales.
CAPÍTULO CUATRO
Medidas de monitoreo, disciplina y corrección
I. Sanciones:
1. Cuando un DI viola las normas establecidas, perjudicando los interés e imagen de la empresa o causando perjuicio en los beneficios de otro distribuidor, TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de sancionar.
2. TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de anunciar las violaciones del distribuidor sancionado como advertencia en forma de anuncios, comunicados, cartas, entre otros, a través de la página web oficial de TG SALUD MÉXICO, revistas internas, WhatsApp, correos y en reuniones; La información a difundir incluye código y nombre del DI sancionado, su estatus, la violación cometida, la sanción impuesta y demás informaciones.
3. Si el DI percibió bonos de forma irregular violando el PCT y/o la Política de Comercialización,
TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho a recalcular los bonos, deducir y anular los bonos.
4. Se aplicarán sanciones por nivel para aquellos distribuidores que han violado el PCT y la Política de Comercialización, que se determinarán según la gravedad o influencia de la violación; estos niveles serán:
A. Para Distribuidores León Celestial 2 estrellas e inferiores
B. Grado 1: Advertencia verbal.
Grado 2: Advertencia por escrito. TG SALUD MÉXICO emitirá un documento por escrito para pedir que se corrija la mala conducta.
Grado 3: 30% de los bonos de un mes del DI infractor.
Grado 4: 30% de los bonos de dos meses del DI infractor.
Grado 5: 30% de los bonos de tres meses del DI infractor.
Grado 6: TG SALUD MÉXICO cancela el derecho de distribución al DI infractor, y cancelará todos los bonos y estatus otorgados.
B. Para Distribuidores León Celestial 3 y 4 Estrellas:
Grado 1: Advertencia verbal. TG SALUD MÉXICO pedirá a los DI infractores para que proporcionen un informe por escrito de las medidas correctivas que deben implementar. Grado 2: TG SALUD MÉXICO congelará el bono y cancelará el derecho de los DI infractores para que no puedan asistir a ninguna conferencia, evento o cualquier otra reunión.
Grado 3: 50% de los bonos de un mes de dichos DI infractores. Grado 4: 50% de los bonos de dos meses de dichos DI infractores. Grado 5: 50% de los bonos de tres meses de dichos DI infractores.
Grado 6: TG SALUD MÉXICO cancela el derecho de distribución de dichos DI infractores y cancela todos los bonos y estatus otorgados por TG SALUD MÉXICO.
C. Para Distribuidores Director 5 Estrellas o superior:
Grado 1: 100% de los bonos de un mes de dichos DI infractores.
Grado 2: 100% de los bonos de dos meses de dichos DI infractores.
Grado 3: 100% de los bonos de tres meses de dichos DI infractores. TG SALUD MÉXICO
cancela todos los estatus otorgados a dichos DI infractores.
Grado 4: TG SALUD MÉXICO cancela el derecho de distribución de dichos DI infractores y cancela todos los bonos y estatus otorgados.
5. Si un DI es el principal investigado, o hace parte de las personas investigadas, cuando solicite un cambio de información de redes, TG SALUD MÉXICO puede suspender su ejecución, y una vez terminada la investigación se tomarán las acciones pertinentes, de acuerdo con los resultados.
6. TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de analizar la participación de los seminarios de viaje y reunión anual del DI sancionado.
7. Si hubiera alguna intervención de alguna autoridad de gobierno mexicano, TG SALUD MÉXICO
tomará en cuenta las sugerencias para decidir la sanción apropiada.
8. Aunque TG SALUD MÉXICO no se entere que un DI violó el PCT y/o la Política de
Comercialización, esto no significa que TG SALUD MÉXICO no pueda observar violaciones de la
misma naturaleza en otros DI, procediendo a aplicar las medidas de monitoreo, disciplina y corrección que fueran necesarias.
9. Cuando TG SALUD MÉXICO recibe una queja o reclamo y están en proceso de investigación, el distribuidor no podrá proporcionar informaciones falsas para interferir en dicha investigación.
II. Procedimientos
1. Un DI puede reclamar una violación de la Política de Comercialización en un lapso de dos (2)
meses contando desde el día que dicha violación se produjo.
2. Si un DI hace un reclamo por violación de la Política de Comercialización pasados dos (2) meses,
TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de no aceptar dicho reclamo.
3. Cuando un DI quiera hacer un reclamo por violación de la Política de Comercialización, será necesario que proporcione pruebas pertinentes (formato de reclamo, documento de identidad, pruebas contra el distribuidor acusado).
4. Cuando un DI realiza un reclamo debe mantener contacto con TG SALUD MÉXICO a fin de ayudar en las investigaciones, y complementar información si fuera necesario.
5. Cuando el reclamo por violación de la Política de Comercialización es aceptado, TG SALUD MÉXICO empezará a investigar y verificar los hechos, para lo cual, ambas partes, acusador y demandado deberán cooperar con dicho proceso; TG SALUD MÉXICO se reserva el derecho de congelar los bonos e incentivos del distribuidor demandado.
6. De ser necesario, TG SALUD MÉXICO podrá utilizar diversas medidas para obtener evidencias de la investigación.
7. TG SALUD MÉXICO tomará acciones y sancionará al DI demandado, informando de dichos resultados el DI reclamante.
8. Si el DI reclamante tiene alguna objeción sobre los resultados de la investigación, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de los resultados, para presentar un recurso de reposición; si no lo hace, quedará en firme la decisión.
9. TG SALUD MÉXICO después de recibir el recurso de reposición se pronunciará en un término no superior a sesenta (60) días calendario.
10. Con base en las pruebas, TG SALUD MÉXICO resolverá el recurso, y tomará una decisión final que quedará en firme. Dicha decisión deberá ser acatada por el DI.
III. Medidas de monitoreo y corrección
1. En la eventualidad que TG SALUD MÉXICO evidencia que existe un DI que distorsione el PCT o desobedezcan gravemente las Políticas de Comercialización o el Código de Ética, ejecutará acciones de monitoreo, disciplina y corrección contra el DI infractor.
2. Antes de ejecutar acciones de monitoreo y disciplina, TG SALUD MÉXICO informará al DI
involucrado las razones de dichas acciones.
3. TG SALUD MÉXICO le dará la oportunidad al DI de explicar el acto de desobediencia, y le informará sobre la posibilidad de investigar su red de mercadeo multinivel.
4. El DI que se encuentre bajo monitoreo y disciplina deberá participar en un readiestramiento, a fin de aprender cómo explicar y ejecutar correctamente el PCT y la Política de Comercialización, para que guíe de forma correcta a los distribuidores dentro de su red. El readiestramiento será organizado por el DI u otro DI asignado, y será monitoreado por TG SALUD MÉXICO.
5. El cronograma del adiestramiento debe señalar la fecha, hora y lugar de reunión, la lista de los distribuidores invitados, el nombre del presentador, y el número de distribuidores que se espera que concurran.
6. Durante la reunión, se pedirá a los participantes que firmen en la lista de asistencia, la cual deberá ser entregada a TG SALUD MÉXICO.
7. TG SALUD MÉXICO puede enviar personal para que asista a cualquiera de los adiestramientos con la finalidad de supervisar la explicación del PCT y de la Política de Comercialización.
8. Si el DI o las personas relacionadas no toman acción efectiva dentro del plazo establecido,
TG SALUD MÉXICO puede tomar acción y sancionar.
El presente documento entra en vigencia a partir de su publicación; cualquier cambio sustancial que se realice al Plan de Compensación será comunicado de forma previa y con suficiente antelación a todos los interesados, de una manera comprensible, dejando constancia de ello.